Condiciones de confort arquitectónico

Resulta imprescindible entender a la construcción sustentable no sólo acotada al estadío de materialización de la obra, sino a toda su vida útil. Estudios del ciclo de vida de las construcciones desarrollados en Europa, muestran que los costos iniciales de materialización de un edificio, representan un 15% del total, mientras que los costos de operación y uso de la obra implican el 85% restante.

Durante la fase de uso, el consumo de energía de un edificio constituye el aspecto ambiental más relevante, significando aproximadamente el 40% del total de la demanda energética de Europa, dividido en calefacción (52-57%, dependiendo del sector analizado), calentamiento de agua (25%) y electrodomésticos (11-16%, dependiendo del sector estudiado).

Los mencionados alcances permanecen fuertemente relacionados con la problemática del cambio climático, donde algunos análisis indican que un incremento de la eficiencia energética en las construcciones puede reducir las emisiones de los edificios en un valor cercano al 42%.

Desde su creación, la Subsecretaría de Vivienda de la Nación impulsó la aplicación, en las operatorias de viviendas ejecutadas a través del Banco Hipotecario Nacional, y posteriormente, del Fondo Nacional de la Vivienda, de las denominadas “Condiciones Mínimas de Habitabilidad”. El espíritu de estas normas fue el de asegurar, en las operatorias de viviendas financiadas con dineros administrados por el Estado, niveles mínimos que debían cumplimentar las viviendas en lo referente al diseño, calidad de terminación y confort. A los efectos de asegurar el cumplimiento, por parte de los constructores de estos niveles mínimos, se establecieron normas por parte de la propia Subsecretaria, del INTI y posteriormente del IRAM, a las cuales se debían ajustar los distintos materiales.

Es así, que en relación a las condiciones de bienestar y confort, se definen para los muros y techos en las distintas zonas climáticas del país, los valores admisibles de los denominados Coeficiente de Transmitancia Térmica “K”, Coeficiente Volumétrico de Pérdida de Calor “G” y la verificación obligatoria del riesgo de condensación de vapor de agua, superficial e intersticial.

Lamentablemente, un limitado y mezquino criterio de algunos funcionarios en nuestro país, en el sentido de pretender “abaratar” los costos de las viviendas, ha posibilitado que en algunas operatorias no se respeten las normas más elementales de acondicionamiento térmico en los edificios, permitiéndose el uso de materiales y elementos, en las cubiertas y muros, los cuales no verifican los mínimos requerimientos exigidos. Contemporáneamente, en la mayoría de los casos, los citados componentes tampoco verifican los requerimientos referentes a la resistencia y vida útil.

Entendemos que la envolvente de una caja arquitectónica, deberá proyectarse con materiales, los cuales, a la par de garantizar una estructura sólida y durable en el tiempo, cumpla con las Normas de Aislación Térmica y verifique una correcta posición del plano de condensación. Asegurando una estructura de las mencionadas características, podremos eventualmente, sacrificar niveles de terminación perfectamente implementables a posteriori, sin comprometer el fundamento material de la obra.

Lo contrario significaría hipotecar el futuro, pues una arquitectura concebida con materiales que no verifiquen las mínimas condiciones de habitabilidad, en lo que a aislación térmica y resistencia se refiere, no permite amortizar la inversión realizada, resultando directamente proporcional a un elevado costo energético e inversamente proporcional a su vida útil.

Por el Arq. Gustavo Di Costa

Editor de Revista ENTREPLANOS

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