Esquemas de contratación de una obra

¿Cómo conviene encarar la construcción de una obra? ¿con un único contratista a cargo de todos los trabajos provisiones o con varios contratistas? ¿la construcción de algún rubro será realizada por administración directa del profesional?

Por el Arq. Gustavo Di Costa, editor de la Revista ENTREPLANOS.

Estas decisiones presentan importantes consecuencias sobre los costos de la obra, los tiempos de ejecución junto con las obligaciones y responsabilidades de los distintos agentes que participan en su construcción: el o los contratistas, el director de obra (en adelante DO) y el comitente.

Desde el contrato único a los contratos separados y desde el ajuste alzado al coste y costas, existe una transferencia de riesgo de los contratistas al comitente, al mismo tiempo que se incrementan las obligaciones y responsabilidades de la dirección de obra.

El contratista único que actúa como empresa constructora asume la totalidad de las responsabilidades civiles, comerciales, laborales, previsionales, técnicas y penales por la construcción de la obra y es responsable por su ejecución y entrega de acuerdo con los planos y especificaciones del proyecto, los precios y plazos estipulados y demás obligaciones en los documentos que integran el contrato de construcción.

Además de la obligación principal señalada precedentemente, los pliegos de condiciones de los contratos de construcción deberían contemplar lo siguiente: adoptar, mantener y controlar las medidas y precauciones de seguridad e higiene de acuerdo con lo establecido por la normativa vigente; disponer la maquinaria y equipo para el movimiento y transporte de materiales y personas en la obra y obrador y responsabilizarse por su operación y mantenimiento; prestar ayuda de gremios a sus subcontratistas; adoptar, mantener y controlar las medidas y precauciones para la vigilancia de la obra; adquirir las responsabilidades como constructor y firmar los planos municipales, como constructor, ejecutor de la estructura e instalador de las instalaciones.

En paralelo con sus obligaciones como contratista único debe cumplir las obligaciones que también le corresponderían a cualquier otro contratista, tales como, respetar la autoridad de la DO y acatar sus órdenes; cumplir los códigos, reglamentos y disposiciones de orden técnico vinculados con los trabajos a su cargo; cumplir las normas oficiales vigentes que rigen el trabajo de los distintos gremios intervinientes en los trabajos respecto a salarios mínimos, vacaciones, jubilaciones, descanso semanal, jornada legal, seguros, seguridad e higiene del trabajo, trabajo en lugares insalubres, horas extras, fondo de desempleo, etc.

Asimismo cumplir las leyes, decretos, ordenanzas, edictos y reglamentaciones oficiales las cuales rigen en el ámbito de ejecución de los trabajos; adoptar los procedimientos constructivos, secuencias de tareas, técnicas y equipos; coordinar la ejecución de los trabajos del personal propio con el de sus subcontratistas.

Y, por último, conducir y controlar cualitativa, cuantitativa y permanentemente el proceso de construcción, la calidad y los trabajos de acuerdo con la documentación contractual y las “reglas del arte”, entendiéndose por tales a los procedimientos consagrados por la experiencia constructiva; programar y controlar la provisión e ingreso a obra de los materiales, equipos y suministros necesarios para la ejecución de los trabajos y controlar su calidad, programar la presentación de mano de obra y controlar su calidad.

La sumatoria de los aspectos mencionados debe formar parte, indefectiblemente, de los contenidos de un contrato.

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