Alejandraseptiembre 6, 2021
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La ejecución de un peritaje, desde el punto de vista técnico, es idéntica en los ámbitos privado y judicial. El peritaje judicial requiere, de manera subsidiaria, distintos trámites y procedimientos. Los honorarios también pueden diferir, según se establezcan en forma privada o sean regulados por parte del Juez.

 

En un peritaje, la totalidad de la gestión de las tareas encomendadas depende prácticamente, de los conocimientos y la experiencia del perito designado. En consecuencia, no debe sorprender que las diferencias entre dos o más dictámenes periciales producidos por otros tantos peritos, puedan presentar diferencias notables. El más confiable entre varios peritajes será aquel capaz de justificar fehacientemente las razones que llevaron al experto a dictaminar de esa manera. En ocasiones, un informe o dictamen pericial privado puede ser luego utilizado en juicio, pero no como un peritaje, sino como prueba documental o testifical. De igual manera, el testigo técnico o perito testigo al declarar no lo hace como perito, sino que actúa, por sus conocimientos, como testigo calificado.

 

Aceptación del encargo y obligaciones del Perito

 

Antes de aceptar un encargo, tanto en el ámbito judicial como en el privado, el perito debe tener la certeza de que el cuestionario propuesto podrá ser respondido en su totalidad de manera fundada y en las condiciones y tiempos establecidos. Es usual que en los peritajes privados dicho cuestionario no exista y se requiera, en cambio, solo una idea de aquello necesario de investigar, analizar o demostrar. En estos casos, resulta aconsejable que el perito solicite por escrito al comitente mayores precisiones sobre el propósito del encargo o lo demandado al experto. Establecidos los alcances de un peritaje privado, se recomienda acordar el honorario y suscribir un convenio con el comitente y presentar al Consejo el formulario de encomienda respectivo. Son obligaciones de un perito arquitecto:

 

  • Aceptar el cargo para el cual fue designado (en la justicia) aunque puede renunciar con causales válidas.
  • Efectuar las gestiones necesarias para realizar su dictamen de manera personal.
  • Actuar en todo momento con la ética y la imparcialidad que la circunstancia obliga.
  • Cumplir los plazos comprometidos en los peritajes privados y los fijados en los Códigos o por el juez en los peritajes judiciales, teniendo en cuenta que en estos últimos, los plazos indeterminados deben interpretarse, en general, como de quince días hábiles.
  • Redactar el informe pericial de forma clara y fundada, entendible para otros profesionales y para no Idóneos en el tema desarrollado.
  • Responder a los pedidos de explicaciones de su comitente y en peritajes judiciales, de las partes, excepto si se trata de nuevas preguntas no contenidas en el cuestionario original.
  • Rendir cuenta de los montos recibidos como anticipo para gastos.

 

Dictamen pericial

 

Cualquiera sea su complejidad, el dictamen pericial o dictamen técnico deberá ser claramente redactado y, como se ha dicho, contener los elementos que lo hagan comprensible para cualquier persona ajena a la especialidad, sin que por ello se dispense al experto el Incluir la terminología científica de respaldo, ante otro especialista, respecto de la metodología y fundamentos utilizados en el trabajo. Si el peritaje incluye un cuestionario o serie de puntos a peritar, todas las preguntas deberán ser respondidas y es recomendable no extenderse en el tratamiento de aspectos o cuestiones no requeridas de manera específica. Para lograr una tarea coherente, el perito debe verificar personalmente las características de la cosa a analizar. Las observaciones, complementadas con elementos gráficos, dibujos o fotografías, ayudarán a terceros interesados para comprender más fácilmente el peritaje realizado. Según los casos, puede ser imprescindible o conveniente incluir en el dictamen pericial:

 

  • Antecedentes proporcionados por el comitente o comprendidos en el expediente judicial.
  • Antecedentes recopilados por el perito.
  • Mención de la o las visitas e inspecciones realizadas.
  • Mención de los consultores técnicos presentes en las visitas e inspecciones realizadas.
  • Planos, croquis, fotografías, videos.
  • Consultas efectuadas.
  • Bibliografía consultada.
  • Estudios realizados.
  • El cuestionario o temario que originó el encargo.

 

El dictamen técnico puede consistir en respuestas a un cuestionario o en un informe con o sin conclusiones sobre los temas requeridos. En este punto, resulta ser aconsejable diferenciar las conclusiones objetivas correspondientes a hechos incontrastables, denominadas “apreciaciones subjetivas”, las cuales, si bien resultan de la experiencia del profesional, admiten réplica u opiniones válidas en contrario. Finalmente, cabe aclarar que no debe confundirse pericia con peritaje. Pericia es el conocimiento y experiencia adquiridos sobre una determinada disciplina, en cambio, peritaje es el dictamen técnico que el experto elabora en base a su pericia o, en otras palabras, la opinión justificada por parte de una persona entendida en ciertas disciplinas ante quienes lo requieren, siendo estos últimos, no son necesariamente expertos reconocidos como tales en esa especialidad.

 

Honorarios por peritajes en el ámbito privado

 

El art. 88 del Arancel Profesional (Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo, CPAU) establece que los honorarios por informes periciales, estudios técnicos, estudios económicos financieros, estudios técnicos legales, deben guardar relación con:

 

  • La Importancia y extensión de los cuestionarios y el grado de responsabilidad que impliquen. Este ítem será convencional.
  • El valor del bien o de la cosa, cuya parte se establecerá de acuerdo con una escala de porcentajes acumulativos cuando se trate de una tasación.
  • La parte proporcional al tiempo empleado en viajes, de acuerdo con el art. 3 del Capítulo I del Arancel Profesional.

 

El Decreto 2284/91, de desregulación de la economía, derogó el orden público de los aranceles. En el mismo año, el CPAU emitió un dictamen con su opinión respecto de los alcances del Decreto, del cual se extracta el siguiente concepto: “En modo alguno debe entenderse que los aranceles profesionales han sido derogados, ellos mantienen su vigencia, solo que son norma supletoria y no Imperativa”. Resulta conveniente que:

 

  • A los efectos de estimar y proponer sus honorarios, el perito tenga en cuenta los conceptos dispuestos por el Arancel.
  • Las tasas, tarifas y porcentajes dispuestos en el Decreto-Ley 7887/55 sean interpretados como los mínimos recomendados.
  • La ausencia de un mínimo legal sea considerada como un compromiso adicional a respetar por el arquitecto para evaluar, proponer y defender los honorarios que compensen adecuadamente una prestación profesional del mejor nivel, respaldada por una actitud ética para consigo mismo, para con los colegas y teniendo en vista la dignidad profesional.

 

Fuente: MEPA, CPAU.


Alejandraagosto 25, 2021
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Las grandes ventajas representadas por el agua como agente extintor, originadas básicamente en sus propiedades físicas, son motivo de análisis. Desde el punto de vista físico, resulta importante destacar ciertas propiedades del agua como un óptimo agente extintor: A temperatura ambiente es un líquido estable, el calor de fusión del hielo es de 80 cal/gr, se requiere 1 caloría para elevar en 1 ºC la temperatura de 1 gramo de agua (14,5 a 15,5 ºC Caloría media), el calor de vaporización del agua a presión atmosférica normal es de 540 cal/gr, entre otras valiosas propiedades. La extinción de un fuego sólo se consigue si se aplica un agente efectivo en el punto donde se produce la combustión. Durante siglos, el método empleado ha sido dirigir un chorro compacto de agua desde una distancia segura hacia la base del fuego; sin embargo, un método más eficaz consiste en aplicar agua en forma pulverizada, incrementando el efecto refrigerante del agua y su conversión en vapor.

Demanda 100 kilocalorías elevar 1 Kg de agua de 0 ºC a 100 ºC (punto de ebullición) y desde allí, para llevarla al estado de vapor total, se requieren 540 Kilocalorías más. En consecuencia, si consideramos que el agua se encuentra a temperatura ambiente (20 ºC) absorberá en total 620 Kilocalorías para transformarse en vapor (vapor el cual puede sobrecalentarse).

Es esa extraordinaria capacidad de absorción del calor, lo que permite su potente acción de enfriamiento, reduciendo considerablemente la temperatura de muchas sustancias en combustión y la velocidad de transferencia del calor de la combustión a las capas de combustible. Otro factor de importancia es que al pasar un cierto volumen de agua del estado líquido a vapor, dicho volumen se incremente 1.800 veces, y esa gran masa de vapor formada desplaza la fracción de aire equivalente sobre la superficie del fuego, acotando de esta forma la cantidad de oxígeno disponible para el combustible.

Apreciando las distintas formas de actuación del agua se concluye que el líquido actúa físicamente sobre el calor, el oxígeno y el combustible. Por último, vale recordar que el calor escapa continuamente por radiación, conducción y convección, sólo es necesario absorber una pequeña parte de la cantidad total de calor generada por el fuego para extinguirlo mediante “enfriamiento”. El agua como agente extintor no ha perdido validez y puede ser considerada como el elemento básico de toda técnica de extinción combinada.

En la mayoría de los casos, el fuego se apaga cuando la superficie del material en combustión se enfría por debajo de la temperatura mediante la cual produce suficiente vapor para mantener la combustión. El enfriamiento superficial no es normalmente efectivo sobre productos gaseosos y líquidos inflamables -con puntos de inflamación por debajo de la temperatura del agua aplicada-. Generalmente, no es recomendable emplear agua para líquidos con puntos de inflamación por debajo de los 37,8 ºC. La cantidad de agua necesaria para extinguir un fuego depende del calor desprendido por el mismo. La velocidad de extinción depende de la rapidez en la aplicación del agua, del caudal y del tipo de agua dispuesta. Lo más efectivo es descargar agua de manera que absorba el máximo calor.

El líquido logra ese efecto cuando se transforma en vapor y ello se consigue con mayor facilidad sí se aplica pulverizada en vez de un chorro compacto. Entonces, la disposición de agua pulverizada se basa en los siguientes principios: La velocidad de transmisión del calor es proporcional a la superficie expuesta de un líquido, la velocidad de transmisión de calor depende de la diferencia de temperatura entre el agua y el material en combustión o el aire que lo rodea, la velocidad de transmisión de calor depende del contenido en vapor del aire, especialmente, en cuanto a la propagación del fuego y, finalmente, la capacidad de absorción de calor del agua depende de la distancia recorrida y de su velocidad en la zona de combustión. En el citado factor debe tenerse en cuenta la necesidad de descargar un volumen adecuado de agua sobre el fuego.


Alejandraagosto 20, 2021
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La actividad del arquitecto como “Proyectista y Director de obra” afecta no solo a los intereses de su comitente, sino también, a la seguridad, la calidad de vida y los bienes de los futuros usuarios del edificio, de los vecinos linderos y de la comunidad en general.

 

Son varios los organismos que de una u otra forma reglamentan el ejercicio profesional requiriendo el cumplimiento de normas y procedimientos, ejerciendo controles sobre la actividad del arquitecto, la construcción de la obra y el edificio. El arquitecto se encontrará matriculado en el Consejo o Colegio Profesional con jurisdicción sobre la obra. La matriculación en el Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo es obligatoria para ejercer la profesión en el ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la Jurisdicción Nacional, ante autoridades y tribunales nacionales. Vale recordar que los Consejos o Colegios provinciales son los encargados de fiscalizar el ejercicio profesional en sus respectivas jurisdicciones. Diversas municipalidades requieren la inscripción del arquitecto previo a todo otro trámite, y como Director de obra, debe firmar los planos y demás documentaciones requeridas. El arquitecto debe cumplir y/o hacer cumplir las formalidades requeridas por otros organismos oficiales o empresas, según la jurisdicción y la naturaleza de la obra. En la CABA, puede ser necesaria la presentación de planos y el trámite para su aprobación ante ciertas empresas prestatarias de servicios públicos. En estos casos, resulta conveniente que los pliegos de condiciones de los contratos de construcción prevean la obligación del contratista de confeccionar los planos y documentaciones necesarios, así como la de llevar a cabo las gestiones para su aprobación o registro. Los siguientes aspectos se refieren a algunas rutinas y tareas que usualmente debe realizar la Dirección de obra a los efectos de cumplir la normativa oficial vigente y las disposiciones de los pliegos de condiciones de los contratos de construcción, antes del comienzo de la construcción propiamente dicho. En esa etapa se recomienda al Director de obra proceder a:

 

  • Constatar el estado de los planos y trámites de las diversas presentaciones que pueden ser necesarias según el tipo de obra: De arquitectura, estructura, instalaciones de incendio, sanitarias, eléctricas, electromecánicas, termomecánicas o ascensores y su ajuste con la documentación de proyecto.
  • Verificar que los firmantes de la documentación necesaria para el inicio de las obras sean los profesionales quienes asumirán realmente tales roles, y en caso negativo, gestionar que se implementen los cambios correspondientes previo al inicio de las obras.
  • La obra no puede ser iniciada sin contar con la documentación en regla, incluyendo el permiso de obra.
  • Cabe aclarar que las tareas de elaboración de planos reglamentarios y gestión de su aprobación no están comprendidas en un encargo de dirección de obra.

 

 

En toda obra es obligatoria la participación de un profesional habilitado responsable en Higiene y Seguridad (HS). Según la Resolución 498/2006 del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, el arquitecto tiene incumbencia para ejercer ese rol. La normativa vigente impide que el Director de obra ejerza el rol en la misma obra que dirige. En los pliegos de condiciones para obras a construir por un Contratista único o por un Contratista principal y en obras por contratos separados, se obliga al constructor a proveer los servicios y prestaciones de seguridad e higiene, incluyendo la actuación del Profesional en HS. En ellos se dispone que el contratista sea responsable del cumplimiento del Plan de seguridad e higiene aprobado por la autoridad de aplicación, lo cual implica la implementación de programas, procedimientos, rutinas, medidas, dispositivos y elementos para proteger a las personas, y a los bienes, en la obra y su área de influencia. En ocasiones, dadas las características de las obras o los requerimientos del comitente, las mismas se licitan incluyendo el proyecto de HS ejecutado por un profesional habilitado, quien en estos casos, trabaja en forma coordinada con el proyecto de arquitectura y corresponde sea contratado por el comitente.

Es recomendable que el comitente disponga que el mismo profesional efectúe el control del cumplimiento por parte del Contratista encargado, de la ejecución de la obra. En todos los casos, se recomienda al DO, que, si observa fallas en los dispositivos o precauciones de seguridad o si los considera insuficientes, informe inmediatamente al Profesional en HS y al contratista responsable, señalando la falla detectada, la disposición que contraviene y la orden para subsanarla, evitando destacar la forma de corregirla, para no adquirir una responsabilidad que no le compete.

 

Honorarios y derecho de uso de anteproyecto

 

Con respecto a los honorarios y el derecho de uso de las documentaciones preparadas por el arquitecto, el Manual de Ejercicio Profesional del Arquitecto (MEPA), redactado por el Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo (CPAU), aclara:

 

Adicional por uso de anteproyecto o planos generales

 

Se efectúan las siguientes aclaraciones al art. 51 inciso 4) del Arancel:

 

  • El comitente no está obligado a abonar el adicional dispuesto cuando no acepta ni utiliza, total ni parcialmente, el objeto de la encomienda.
  • Cuando el profesional acepta ceder “el uso” del anteproyecto o planos generales y el comitente le abona el adicional previsto, este adquiere la posibilidad del uso, inmediato o futuro.

 

Derecho de uso y venta del terreno

 

En el caso donde los planos de anteproyecto, planos generales o planos municipales preparados por el arquitecto y aprobados por su comitente, fueren entregados por éste a un comprador del terreno, el comitente debe abonar el adicional previsto en el art 51 inc. 4) del Arancel, ya que, o bien dichos planos tuvieron un uso que valorizó el terreno, o bien, el comprador del mismo puede hacer uso de ellos para su propio beneficio.

 

Uso de la documentación del proyecto

 

En el caso de haber pagado un comitente los honorarios por proyecto, éste queda en la propiedad del mismo, de forma tal que puede proceder a su uso sin que por ello deba aplicar el art. 51 inc. 4) del Arancel, que permanece reservado únicamente para las situaciones en las cuales se ha pagado anteproyecto o planos generales. Cabe señalar que el citado pago del proyecto permite al comitente ejecutar la obra una sola vez. El comitente adquiere el derecho de uso del proyecto, pero no la propiedad intelectual, la cual siempre pertenecerá a su autor.


Entreplanosenero 16, 2019
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Pablo Melo, Gerente del Segmento Doméstico; Hernán Añasco, Gerente del Segmento Industria y Nicolás Branchesi, Gerente del Segmento Construcción de la firma Grundfos, brindaron para este Informe Especial sus apreciaciones sobre la actualidad de esta compañía líder. “Para la aplicación de lucha contra incendio tenemos a disposición bombas End Suction (Back Pull Out), una bomba con disposición horizontal de carga axial y descarga radial. Bombas carcasa partida, horizontales principalmente, que proponemos para puntos de trabajo más exigentes, ya sea en presión o caudal, que se destacan por un fácil procedimiento de mantenimiento. Verticales en línea, con el nombre de TP y bombas de turbina vertical. Como producto nuevo, tenemos el Hydro Fire. Se trata de un paquetizado de bombas principales (eléctricas en esta primera etapa), bomba presurizadora, colector de impulsión, un tablero por bomba y presostatos, entre otras características.

El gran equipo de Grundfos Argentina siempre está dispuesto a ayudar y a recibir a los profesionales del sector de la mejor forma. Permanentemente, abrimos las puertas de “nuestra casa” para contarles qué estamos haciendo, mostrar que estamos trabajando con impresoras 3D pensando en el futuro, aplicaciones de realidad virtual, explicitar que comenzamos a reutilizar agua de lluvia con un equipo propio de Grundfos alimentado completamente con paneles solares. Todo ello hace que nuestros clientes se muestren muy satisfechos y muchos se acercaran a felicitarnos por tenerlos siempre presentes y permanecer a la vanguardia del mercado”, afirman los referentes de Grundfos.

En cuanto a sus equipos, las características de la nueva bomba CR XL son diferentes. Se trata de un rango de bombas que trae muchas mejoras, y a su vez, extiende la línea. “Con las nuevas bombas CR XL, Grundfos continúa liderando el mercado con un alto grado de eficiencias. Otro de los beneficios radica en permitir la utilización de motores de hasta 200 kW, alcanzando una altura de columna de agua en los equipos de más cantidad de etapas de hasta 400 metros. Similar aspecto se verifica con el caudal, donde los valores llegan a los 320 m3/h. Las aplicaciones son muchas y variadas, se pueden utilizar para alimentar calderas, torres de enfriamiento, realizar trasvases de agua, riego, aumento de presión, control de temperatura, etc.

En cuanto a las principales especificaciones de la nueva bomba E.SYBOX MINI y toda la línea de bombas DAB que comercializa Grundfos, se destaca su presión constante, ahorro energético, autocebante, extremadamente silenciosos, fácil de instalar y regular, instalación horizontal o vertical, ofrece información instantánea de consumo, caudal y presión, brinda protección contra problemas eléctricos, contra falta de agua y protección anticiclado y anticongelamiento”, concluyen los representantes de la firma Grundfos.

 

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