Siempre es conveniente que el profesional arquitecto realice un presupuesto para estimar el costo de producción de un proyecto. Debería desarrollarlo, idealmente, antes de convenir el honorario con su comitente, única manera de no cometer errores que puedan hacer peligrar una lógica y esperada utilidad. La experiencia del arquitecto debería llevarlo a fijar este último concepto con prudencia, teniendo en cuenta que sería la única variable de ajuste en caso de tener que afrontar una negociación.
El presupuesto deberá siempre tener en cuenta los siguientes conceptos e ítems:
Gastos directos: Son los costos y gastos posibles de asignar exclusivamente a un trabajo determinado. Entre ellos, los más representativos son los honorarios y/o retribución (incluyendo cargas sociales) de profesionales, dibujantes, operadores de programas de diseño asistido, los honorarios de asesores y consultores de las especialidades intervinientes en el proyecto, los honorarios y/o gastos por gestión de trámites municipales, las retribuciones de administrativos afectados directamente a la ejecución del trabajo, las cargas sociales, vacaciones, aguinaldo, etc., sobre los salarios del personal administrativo en relación de dependencia, afectado directamente al trabajo, los gastos de ploteos, copias de planos, fotocopias, carpetas, etc.
Gastos indirectos: También denominados “Gastos generales”, son los costos y gastos que existen independientemente de los originados por el encargo. Conviene que el arquitecto lleve registro estadístico de sus ingresos, de sus gastos generales y del porcentaje o incidencia de los segundos sobre los primeros, incidencia que tiende a reducirse a medida que aumenta el ingreso. A los efectos de elaborar un presupuesto, los gastos generales pueden ser considerados como un factor o valor promedio a aplicar sobre los gastos directos mencionados entre los Gastos Directos. Entre los Gastos Indirectos más significativos se encuentran las retribuciones de personal administrativo y/o técnico afectado a tareas generales del estudio, las cargas sociales, vacaciones, aguinaldo, etc, sobre los salarios del personal administrativo y/o técnico en relación de dependencia, afectado a tareas generales del estudio, el alquiler, expensas, tasas e impuestos, la energía, gas, teléfono, obras sanitarias, Internet, la amortización del equipamiento del estudio(mobiliario, equipos, hardware), el instrumental de dibujo, software, biblioteca, la suscripción de revistas, el asesoramiento legal, contable e impositivo, los útiles y materiales de dibujo y oficina, insumos para computación, los gastos de movilidad, el correo, mensajería, gastos bancarios, los seguros por robo, incendio, accidentes personales, el seguro de responsabilidad profesional, las matrículas profesionales, cuotas societarias, los aportes provisionales, la limpieza del estudio, cafetería, entre otros.
Gastos de promoción y organización: Aquellos originados por las acciones para lograr la obtención de contratos profesionales y para organizar y conducir la actividad interna del estudio con la finalidad de perfeccionar, apoyar y hacer más eficiente la prestación de los servicios profesionales. Estos gastos pueden estimarse por separado de los gastos generales o en conjunto con ellos.
Impuesto al Valor Agregado: Cuando la condición IVA del comitente determina que este impuesto sea facturado por separado del honorario, no tiene incidencia en el honorario y por ende no lo afecta. Pero el arquitecto debe aclarar a su comitente, desde el primer momento, que el honorario a convenir se verá incrementado por la alícuota vigente.