Modificación de las incumbencias profesionales

El pasado martes 15 de mayo, el Ministerio de Educación a través del Boletín Ofical de la República Argentina publicó la Resolución 1254/2018, que determina la modificación de las incumbencias profesionales reservadas al título de Arquitecto.

Este Consejo Profesional tomó conocimiento de la medida luego de la publicación de referencia, por lo que se encuentra analizando la mejor medida a tomar en defensa de las incumbencias profesionales, en forma individual o colectiva (es decir, con otras entidades profesionales cuyos matriculados se ven afectados por los alcances de esta Resolución), la que será comunicada a todos los arquitectos por este medio.

ARTÍCULO 25.- Modificar la Resolución Ministerial Nº 498 de fecha 11 de mayo de 2006, reemplazando el Anexo V ACTIVIDADES PROFESIONALES RESERVADAS AL TÍTULO DE ARQUITECTO por el Anexo XXII (IF-2018-06554793-APN-SECPU#ME) que forma parte integrante de la presente Resolución.

AHORA

  • Diseñar, calcular y proyectar estructuras, edificios, conjuntos de edificios y los espacios que ellos conforman, con su equipamiento e infraestructura, y otras obras destinadas al hábitat humano, en lo concerniente al ámbito de su competencia.
  • Dirigir y controlar su construcción, recuperación, renovación, rehabilitación, refuncionalización y demolición.
  • Certificar el funcionamiento y/o condición de uso o estado de lo mencionado anteriormente.
  • Proyectar, dirigir y evaluar lo referido a la higiene y seguridad en lo concerniente a su actividad profesional.
    Resolución 1254/2018 | Ver Anexo 22

ANTES

  • Diseñar, proyectar, dirigir y ejecutar la concreción de los espacios destinados al hábitat humano.
  • Proyectar, dirigir y ejecutar la construcción de edificios, conjuntos de edificios y los espacios que ellos conforman, con su equipamiento e infraestructura y otras obras destinadas al hábitat humano.
  • Proyectar, calcular y dirigir y ejecutar la construcción de estructuras resistentes correspondientes a obras de arquitectura.
  • Proyectar, calcular y dirigir y ejecutar la construcción de instalaciones complementarias correspondientes a obras de arquitectura, excepto cuando la especificidad de las mismas implique la intervención de las ingenierías.
  • Proyectar, dirigir y ejecutar obras de recuperación, renovación, rehabilitación y refuncionalización de edificios, conjuntos de edificios y de otros espacios, destinados al hábitat humano.
  • Diseñar, proyectar, dirigir y ejecutar la construcción del equipamiento interior y exterior, fijo y móvil, destinado al hábitat del hombre, incluyendo los habitáculos para el transporte de personas.
  • Diseñar, proyectar y efectuar el control técnico de componentes y materiales destinados a la construcción de obras de arquitectura.
  • Programar, dirigir y ejecutar la demolición de obras de arquitectura.
  • Realizar estudios, proyectar y dirigir la ejecución de obras destinadas a la concreción del paisaje.
  • Efectuar la planificación arquitectónica y urbanística de los espacios destinados a asentamientos humanos.
  • Proyectar parcelamientos destinados al hábitat humano.
  • Realizar medición y nivelación de parcelas con el objeto de concretar la ejecución de obras de arquitectura.
  • Realizar estudios e investigaciones referidos al ordenamiento y planificación de los espacios que conforman el hábitat y a los problemas relativos al diseño, proyecto y ejecución de obras de arquitectura.
  • Asesorar en lo concerniente al ordenamiento y planificación de los espacios que conforman el hábitat y a los problemas relativos al diseño, proyecto y ejecución de obras de arquitectura.
  • Participar en planes, programas y proyectos de ordenamiento físico-ambiental del territorio y de ocupación del espacio urbano y rural.
  • Participar en la elaboración de normas legales relativas al ordenamiento y planificación de los espacios que conforman el hábitat humano.
  • Participar en la elaboración de planes, programas y proyectos que no siendo de su especialidad afecten al hábitat humano.
  • Realizar relevamientos, tasaciones y valuaciones de bienes inmuebles.
  • Realizar arbitrajes, peritajes, tasaciones y valuaciones relacionadas con el ordenamiento y planificación de los espacios que conforman el hábitat y con los problemas relativos al diseño, proyecto y ejecución de obras de arquitectura.
  • Proyectar, ejecutar, dirigir y evaluar todo lo concerniente a la higiene y seguridad en obras de arquitectura.

 

Fuente: Boletín oficial de la República Argentina

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