Condiciones del Dictamen Pericial

Cualquiera sea su complejidad, el dictamen pericial o dictamen técnico deberá ser claramente redactado y, como se ha dicho, contener los elementos que lo hagan comprensible por cualquier persona ajena a la especialidad, sin que por ello se dispense al experto el Incluir la terminología científica que respalde, ante otro especialista, la metodología y fundamentos utilizados en el trabajo.

Si el peritaje incluye un cuestionario o serie de puntos a peritar, todas las preguntas deberán ser respondidas y es recomendable no extenderse en el tratamiento de aspectos o cuestiones que no sean las requeridas de manera específica. Para lograr una tarea coherente el perito debe verificar personalmente las características de la cosa a analizar.

Las observaciones, complementadas con elementos gráficos, dibujos o fotografías, ayudarán a terceros interesados para comprender más fácilmente el peritaje realizado. Según los casos puede ser imprescindible o conveniente que el dictamen pericial incluya:

  • Antecedentes proporcionados por el comitente o comprendidos en el expediente judicial.
  • Antecedentes recopilados por el perito.
  • Mención de la o las visitas e inspecciones realizadas.
  • Mención de los consultores técnicos presentes en las visitas e inspecciones realizadas.
  • Planos, croquis, fotografías, videos.
  • Consultas efectuadas.
  • Bibliografía consultada.
  • Estudios realizados.
  • El cuestionario o temario que originó el encargo.

El dictamen técnico puede consistir en respuestas a un cuestionario o en un informe con o sin conclusiones sobre los temas requeridos. En este punto es aconsejable diferenciar las conclusiones objetivas que corresponden a hechos incontrastables, de lo que se puede denominar apreciaciones subjetivas las cuales, si bien resultan de la experiencia del profesional, pueden admitir réplica u opiniones válidas en contrario. Finalmente cabe aclarar que no debe confundirse pericia con peritaje. Pericia es el conocimiento y experiencia adquiridos sobre una determinada disciplina, en cambio, peritaje es el dictamen técnico que el experto elabora en base a su pericia o, en otras palabras, la opinión justificada que realiza una persona entendida en ciertas disciplinas ante quienes lo requieren, siendo que estos últimos no son necesariamente expertos reconocidos como tales en esa especialidad.

Honorarios por peritajes en el ámbito privado

El art. 88 del Arancel Profesional (Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo) establece que los honorarios por informes periciales, estudios técnicos, estudios económicos financieros, estudios técnicos legales, etc. deben guardar relación con:

  • La Importancia y extensión de los cuestionarios y grado de responsabilidad que impliquen. Esta parte será convencional.
  • El valor del bien o de la cosa, cuya parte se establecerá de acuerdo con una escala de porcentajes acumulativos cuando se trate de una tasación.
  • La parte proporcional al tiempo empleado en viajes, de acuerdo con el art. 3 del Capítulo I del Arancel Profesional.

El Decreto 2284/91, de desregulación de la economía, derogó el orden público de los aranceles. En el mismo año el Consejo emitió un dictamen con su opinión respecto de los alcances del Decreto, cuyo texto se reproduce en el documento “Honorarios para el ejercicio profesional”, del cual se extracta el concepto: “En modo alguno debe entenderse que los aranceles profesionales han sido derogados, ellos mantienen su vigencia, solo que son norma supletoria y no Imperativa”. Resulta conveniente que:

  • A los efectos de estimar y proponer sus honorarios, el perito tenga en cuenta los conceptos dispuestos por el Arancel
    Las tasas, tarifas y porcentajes dispuestos en el Decreto-Ley 7887/55 sean interpretados como los mínimos recomendados.
  • La ausencia de un mínimo legal sea considerada como un compromiso adicional a respetar por el arquitecto para evaluar, proponer y defender los honorarios que compensen adecuadamente una prestación profesional del mejor nivel, respaldada por una actitud ética para consigo mismo, para con los colegas y teniendo en vista la dignidad profesional.

Fuente: MEPA, CPAU.

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Alejandra



Auspician Entreplanos




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